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HORA
CONTRAST "PROPOSTA" / "DOCUMENT DEFINITIU" (signat
per algunes forces sindicals)
"PROPOSTA"
Professorat interí: taxa de temporalitat
i accés a la funció pública docent.
Proposta del Ministeri
d'Educació presentada
a les organitzacions sindicals per a tractar en la
Mesa Sectorial d'Educació del
dia 19 d'octubre a les 17 hores.
7. Se
propondrá la incorporación al Proyecto
de Ley Orgánica de Educación (LOE) de una mención
expresa al fomento de medidas que reduzcan el porcentaje de profesores
interinos en los centros educativos, de manera que en el plazo de cuatro
años no se sobrepasen los límites máximos establecidos
de forma general para la Función Pública, que
actualmente está fijado en el 8%. A tal efecto, se articulará, a través
de la Conferencia Sectorial de Educación, el que todas las Administraciones
Educativas pongan a disposición de las Ofertas Públicas de
Empleo el número de plazas suficientes para ello.
8. Para obtener
este objetivo, se consensuará la
elaboración de un nuevo Real Decreto que desarrolle la LOE en los
aspectos relativos al acceso a la función pública docente
mediante el procedimiento de concurso oposición. En
la fase de concurso se valorarán la formación académica y, de forma preferente,
la experiencia docente previa en centros públicos de la misma etapa
educativa, por la que se podrá otorgar hasta seis puntos. La
fase de oposición, que tendrá una sola prueba, dotada de
la mayor optatividad, versará sobre los contenidos de la
especialidad que corresponda, la aptitud pedagógica y el dominio
de las técnicas necesarias para el ejercicio de la docencia. A
los efectos de tener por acreditados la aptitud pedagógica y el dominio
de las técnicas docentes, se podrá otorgar en esta fase hasta
un punto por la evaluación positiva de la función pública
docente del personal interino. Asimismo, se creará la especialidad
de Primaria en el Cuerpo de Maestros. Este desarrollo básico y transitorio,
que tendrá especialmente en cuenta la implantación progresiva
del Espacio Europeo de la Educación Superior, deberá iniciar
su vigencia el año 2006.
"DOCUMENT DEFINITIU" [+]
En Madrid, a 19 de octubre de 2005.
El Ministerio de Educación y Ciencia y las Organizaciones Sindicales FE-CC.OO.,
FETE-UGT, CSI-CSIF, ANPE, FE-USO y Federación S.A.P., representativas
en el ámbito de las Administraciones públicas educativas, acuerdan
las siguientes medidas:
7. Se propondrá la incorporación al Proyecto de Ley Orgánica
de Educación (LOE) de una mención expresa al fomento de medidas
que reduzcan el porcentaje de profesores interinos en los centros educativos,
de manera que en el plazo de cuatro años no se sobrepasen los límites
máximos establecidos de forma general para la Función Publica,
que actualmente esta fijado en el 8%. A tal efecto, se articulará, a través
de la Conferencia Sectorial de Educación, el que todas las Administraciones
Educativas pongan a disposición de las Ofertas Publicas de Empleo el número
de plazas suficientes para ello.Para conseguir este objetivo, se consensuará la
elaboración de un nuevo Real Decreto que desarrolle la LOE en los aspectos
relativos al acceso a la función publica docente mediante procedimiento
selectivo. En la fase de concurso se valorarán la formación académica
y, de forma preferente, la experiencia docente previa en los centros públicos
de la misma etapa educativa, hasta los límites legales permitidos. La
fase de oposición, que tendrá una sola prueba, versará sobre
los contenidos de la especialidad que corresponda, la aptitud pedagógica
y el dominio de las técnicas necesarias para el ejercicio de la docencia.Este
desarrollo básico y transitorio, que tendrá especialmente en cuenta
la implantación progresiva del Espacio Europeo de la Educación
Superior, deberá iniciar su vigencia en el año 2006.
8. Se creará la especialidad de Primaria en el
Cuerpo de Maestros.