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CONTRAST "PROPOSTA" / "DOCUMENT DEFINITIU" (signat per algunes forces sindicals)



"PROPOSTA"
Professorat interí: taxa de temporalitat i accés a la funció pública docent.
Proposta del Ministeri d'Educació presentada a les organitzacions sindicals per a tractar en la
Mesa Sectorial d'Educació del dia 19 d'octubre a les 17 hores.

7. Se propondrá la incorporación al Proyecto de Ley Orgánica de Educación (LOE) de una mención expresa al fomento de medidas que reduzcan el porcentaje de profesores interinos en los centros educativos, de manera que en el plazo de cuatro años no se sobrepasen los límites máximos establecidos de forma general para la Función Pública, que actualmente está fijado en el 8%. A tal efecto, se articulará, a través de la Conferencia Sectorial de Educación, el que todas las Administraciones Educativas pongan a disposición de las Ofertas Públicas de Empleo el número de plazas suficientes para ello.

8. Para obtener este objetivo, se consensuará la elaboración de un nuevo Real Decreto que desarrolle la LOE en los aspectos relativos al acceso a la función pública docente mediante el procedimiento de concurso oposición. En la fase de concurso se valorarán la formación académica y, de forma preferente, la experiencia docente previa en centros públicos de la misma etapa educativa, por la que se podrá otorgar hasta seis puntos. La fase de oposición, que tendrá una sola prueba, dotada de la mayor optatividad, versará sobre los contenidos de la especialidad que corresponda, la aptitud pedagógica y el dominio de las técnicas necesarias para el ejercicio de la docencia. A los efectos de tener por acreditados la aptitud pedagógica y el dominio de las técnicas docentes, se podrá otorgar en esta fase hasta un punto por la evaluación positiva de la función pública docente del personal interino. Asimismo, se creará la especialidad de Primaria en el Cuerpo de Maestros. Este desarrollo básico y transitorio, que tendrá especialmente en cuenta la implantación progresiva del Espacio Europeo de la Educación Superior, deberá iniciar su vigencia el año 2006.



"DOCUMENT DEFINITIU" [+]
En Madrid, a 19 de octubre de 2005.
El Ministerio de Educación y Ciencia y las Organizaciones Sindicales FE-CC.OO., FETE-UGT, CSI-CSIF, ANPE, FE-USO y Federación S.A.P., representativas en el ámbito de las Administraciones públicas educativas, acuerdan las siguientes medidas:

7.
Se propondrá la incorporación al Proyecto de Ley Orgánica de Educación (LOE) de una mención expresa al fomento de medidas que reduzcan el porcentaje de profesores interinos en los centros educativos, de manera que en el plazo de cuatro años no se sobrepasen los límites máximos establecidos de forma general para la Función Publica, que actualmente esta fijado en el 8%. A tal efecto, se articulará, a través de la Conferencia Sectorial de Educación, el que todas las Administraciones Educativas pongan a disposición de las Ofertas Publicas de Empleo el número de plazas suficientes para ello.Para conseguir este objetivo, se consensuará la elaboración de un nuevo Real Decreto que desarrolle la LOE en los aspectos relativos al acceso a la función publica docente mediante procedimiento selectivo. En la fase de concurso se valorarán la formación académica y, de forma preferente, la experiencia docente previa en los centros públicos de la misma etapa educativa, hasta los límites legales permitidos. La fase de oposición, que tendrá una sola prueba, versará sobre los contenidos de la especialidad que corresponda, la aptitud pedagógica y el dominio de las técnicas necesarias para el ejercicio de la docencia.Este desarrollo básico y transitorio, que tendrá especialmente en cuenta la implantación progresiva del Espacio Europeo de la Educación Superior, deberá iniciar su vigencia en el año 2006.

8. Se creará la especialidad de Primaria en el Cuerpo de Maestros.